El seguro de vida, en general, cubre el riesgo de fallecimiento por cualquier causa, esto quiere decir que si falleces la aseguradora entrega a tus beneficiarios el capital que tengas asegurado. Si además tienes el seguro asociado a la hipoteca y por el importe pendiente de amortizar, el capital irá destinado al pago de esa deuda, siempre que, hayas incluido como beneficiaria a la entidad financiera. Si además tienes la mala suerte de quedarte sin trabajo, para que la aseguradora se haga cargo de la deuda pendiente, tendrás que haber contratado un seguro de protección de pagos que además incluya la cobertura por DESEMPLEO.
Por tanto:
¿El seguro de vida cubre el pago de la hipoteca si te quedas sin trabajo?
NO.
Solo puede haber algunos seguros de vida que tengan contratada una garantía adicional de seguro de desempleo, pero es un caso muy raro.
Los requisitos para contratar un seguro por desempleo son algo restrictivos, vamos que no es oro todo lo que reluce, además en general suelen tener primas elevadas.
- Contrato indefinido como empleado por cuenta ajena y
- llevar más de seis meses en la empresa de forma ininterrumpida.
- En cuanto a la edad, abarca un amplio abanico entre 18 y 65 años.
- En general, se establece una jornada mínima de trabajo, superior a 13 horas semanales.
¿Cuánto cubre?
Es habitual que el seguro tenga una carencia inicial que oscile entre uno y dos meses desde el momento en que se firma. Por tanto, si el tomador pierde su trabajo en este tiempo, el seguro de protección no entrará en vigor.
El límite de la indemnización varía en función de la compañía aseguradora y de la opción elegida por el tomador. Los seguros más básicos cubren seis cuotas seguidas o 12 alternas. Las mismas compañías dan la opción de contratar una póliza mejor -y más cara- que abarque 12 meses seguidos y 24 alternos. Por tanto, si el trabajador se queda parado varias veces en el periodo en que está en vigor el seguro, podrá estar cubierto en más de una ocasión.
Un comentario
Querría contratar seguro de vida para mi hipoteca, y me gustaría saber qué podría cubrir en caso de quedar en paro