Hasta 250€ mas se puede pagar por un seguro cuando se decide fraccionar el pago para no desembolsar la totalidad del importe de una sola vez. Las compañías de seguros «escarmentadas» de los impagos por fraccionamiento y el coste que los bancos les cobrar por gestionar sus recibos, favorecen el pago anual en cualquier seguro. Por eso antes de fraccionar un seguro hay que analizar muy bien cuanto mas se va a pagar y si compensa realmente. Todo dependerá como siempre de cada bolsillo.
(…) » el análisis realizado concluye que el precio del seguro de automóvil se encarece de media un 9,5% en el caso del fraccionamiento trimestral, cantidad que se ve ajustada hasta el 6,2% para el pago semestral.
Cabe destacar también que sólo una de las compañías analizadas para la elaboración del estudio permite a sus usuarios el pago fraccionado mensual del seguro a todo riesgo. En cambio, la posibilidad de fraccionar el pago de forma semestral o trimestral es ofrecida por casi todas las compañías. La principal razón que explica por qué la mayoría de las entidades no permiten que sus clientes paguen la prima mensualmente es que esta opción aumenta exponencialmente el riesgo de impago y las complicaciones administrativas. En este sentido, las aseguradoras suelen imponer además una prima y recibo mínimos por debajo de los cuáles no es posible optar al pago fraccionado del seguro de coche. Asimismo, en función del tipo de póliza y las características del presupuesto, algunas aseguradoras que en general sí ofrecen el fraccionamiento, restringen sus facilidades de pago, y sólo permiten el pago anual, aunque se trate de primas elevadas.
Por otro lado, entre las aseguradoras analizadas para la elaboración del estudio, destaca el caso de Mutua Madrileña, que ofrece una sistemática diferente al resto de entidades, ya que el mutualista puede abonar el importe de la póliza en tres plazos: un recibo en el momento de contratar el seguro de coche, otro a los 45 días y el último a los 90 días, sin ningún tipo de recargo por fraccionamiento del pago.»
Fuente: www.elmundofinanciero.com