hasta que la hipoteca nos separe…

Si, además de estar encadenados de por vida a una hipoteca, además para que nos la concedan hay que estar esposado además a seguros vinculados que previamente se han contratado, en la mayoría de los casos como condición «sine qua non» para que nos concedan el préstamo. Hay literatura mas que de sobra denunciando estas prácticas, artículos, blog, noticias, publicidad agresiva pero nada, no sirve para nada los bancos siguen siendo los que mandan y si no pasas por el aro no te concederán la hipoteca, aunque lo que te ahorras con los diferenciales que te ofrecen no llegan ni con mucho a la diferencias de precio contratando estos seguros de forma independiente.

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“Las vinculaciones varían según las entidades y su contratación repercute directamente en el interés final puesto que a mayor vinculación, menor es el diferencial”, explica Maica López, responsable de prensa de Bankimia. «En lo que refiere a los requisitos, sí se ha visto una cierta flexibilización durante los últimos meses. No es raro que algunas entidades exijan ahora unos ingresos mínimos menos elevados que hace unos meses”, añade Maica López. Es el caso, por ejemplo, de Bankinter. Su Hipoteca Sin (Euribor +1,50%) exige unos ingresos mensuales mínimos de 2.000 euros, cuando hasta septiembre de 2014, el mínimo era de 3.000 euros.

Solamente en aquellos casos en los que la hipoteca se utilice en forma de cédulas, derivados, etc. el seguro de hogar o de incendios sí es obligatorio puesto que quien en realidad está prestando el dinero al cliente es un tercero –no el banco–, que es quien compra esas cédulas o titulizaciones. No obstante, en este caso, el cliente no está obligado a contratarlo con la entidad que le concede la hipoteca, y el banco está obligado a informar al cliente de esta situación. El seguro de vida, por el contrario, no es obligatorio en ningún caso.
Antes de contratar conviene comprobar si el seguro de vida es de capital decreciente. Es decir, si se va a ajustando al saldo del préstamo mensual o fijo por el montante inicial. O si estamos ante un seguro en el que la prima se paga a plazos o de una sola vez en el momento de abrir la hipoteca.»

Fuente:www.elconfidencial.com

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