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title: "¿Si después de contratar la póliza de seguro de vida me muero?"
description: "&lt;&lt;Vivo sin vivir en mi y tan alta vida espero que muero porque no muero&gt;&gt;... así decía en uno de sus famosos versos mi paisana Santa Teresa de Jesús, pero claro ella es poeta mística..."
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date: 2017-06-28
modified: 2023-12-05
author: "SegurChollo"
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categories: ["Seguros de Vida"]
type: post
lang: es
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# ¿Si después de contratar la póliza de seguro de vida me muero?

<<*Vivo sin vivir en mi y tan alta vida espero que muero porque no muero*>>… así decía en uno de sus famosos versos mi paisana Santa Teresa de Jesús, pero claro ella es poeta mística y nosotros somos mortales, sin mas, por eso si algo está claro es que nos vamos a morir, lo que no sabemos es cuando, por eso se contratan los seguros de vida y si es el caso y lo acabas de contratar y a los pocos días falleces pues… el seguro seguirá su curso, es decir se indemnizará a tus beneficiarios.

**Tu póliza habrá llegado a su fin y los beneficarios cobrarán el capital asegurado, a no ser que la póliza se cancele por:**

- Cláusulas que se excluyan expresamente en la póliza

- **Cancelación** por parte del tomador del seguro, siempre que el contrato sea de más de seis meses y se avise con 30 días de adelanto.

- Por **rescate** de la póliza por parte del asegurado, aunque los términos de rescate y de reducción de la prima han de acordarse.

- También existe la posibilidad de que la **muerte no sea accidental**, sino que haya sido causada deliberadamente por el asegurado o por el beneficiario. Para evitar fraude el suicidio del asegurado se asegura a partir del primer año, a no ser que se pacte lo contrario. En caso de que el beneficiario cause intencionalmente la muerte del asegurado, la prima pasa a ser del tomador del seguro.

- La **intencionalidad** también invalida los seguros de accidentes en los que se cubre al asegurado. Si el accidente se causa por parte del asegurado el tomador del seguro no está obligado a pagar la prima al asegurado.

## ¿Si después de contratar la póliza de seguro de vida me muero?

Que pasaría…

### La póliza finaliza y por tanto los beneficiarios cobran el capital asegurado que les corresponda.

y sobre todo no hay que olvidar… lo que debemos de tener en cuenta cuando contratamos un seguro

- Cuando se contrata un seguro de vida se han de establecer los beneficiarios,

- si no estamos seguros podemos poner los herederos legales.

- En caso de que no tuviéramos un beneficiario claro, en el caso del fallecimiento la prima pasaría a ser propiedad del tomador.

- El asegurado puede cambiar los beneficiarios simplemente comunicándoselo al asegurador, pero este puede revocarlos (a no ser que renuncie a este derecho en la póliza).

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