Las consecuencias por mentir al hacer un seguro de vida

Es verdad que el caso que exponemos a continuación es todo lo contrario de lo que debiera haber ocurrido por no haber dicho la verdad en un cuestionario de salud al que la aseguradora somete al posible asegurado antes de emitir una  póliza de seguro de vida. En este caso sale a la luz porque es «excepcional» los jueces han fallado a favor del demandante… insólito pero cierto. El beneficiario cobra la indemnización por fallecimiento de una señora que fallece supuestamente por la ingesta continuada de alcohol y por ser fumadora

«Una compañía de seguros deberá abonar 120.000 euros al marido de una mujer que falleció porque no se ha probado que esta mintiera cuando informó sobre su estado de salud al suscribir la póliza, sentencia la Audiencia Provincial de Murcia.

La resolución estima el recurso que el demandante presentó contra la del juzgado de primera instancia número 5 de Molina de Segura que rechazó su demanda y lo condenó al pago de las costas.

En su apelación, el marido expuso que las enfermedades que produjeron el fallecimiento de su mujer le fueron diagnosticadas con posterioridad a la firma de la póliza.

Además, señaló que en todo caso solo podría hablarse «de meras inexactitudes, y no de omisiones dolosas», cuando informó sobre su estad de salud.

La aseguradora se opuso a la estimación del recurso al comentar que en su momento la mujer ocultó la existencia de un consumo de alcohol continuado, así como otros datos que afectaban a la delimitación del riesgo que se asumía.

En cuanto a que ocultó que era una gran fumadora y declaró que solo fumaba unos cinco cigarrillos al día, la Audiencia, que tiene como ponente a su presidente, el magistrado Miguel Ángel Larrosa, señala que no es extraño que los fumadores, con el tiempo, consuman más.

Además, señala que su fallecimiento no se produjo por el tabaquismo «y no se alcanza a entender qué incidencia hubiera podido tener sobre el seguro suscrito».

Respecto a que omitió toda referencia al tratamiento farmacológico que tenía prescrito con anterioridad a la firma del cuestionario sobre su salud, para el tribunal ese hecho carece de la relevancia necesaria a los efectos de considerarla dolosa.

La sentencia admite que a la fecha de fallecimiento la mujer también sufría un problema de alcoholismo declarado con posterioridad a la firma del documento, sin que se pueda determinar si cuando la estampó en la póliza era mayor que el declarado.»

Contrata un seguro de vida sin mentiras

 

 

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