¿Los seguros de vida tienen periodo de carencia?

Lo primero, definir que es el periodo de carencia El periodo de carencia en un seguro es el tiempo que transcurre entre que se firma la póliza y la entrada en vigor de las coberturas contratadas. Al contratar un seguro o revisar nuestras pólizas nos encontramos a menudo con términos técnicos que desconocemos pero que, sin embargo, tienen una gran importancia.

Durante este tiempo, por lo tanto, las coberturas del seguro no están activas y en caso de que ocurriera alguna de las situaciones de las que se encargara el seguro el asegurado no percibiría ningún tipo de indemnización.

Los seguros de vida no tienen periodo de carencia, salvo si el fallecimiento se ha producido por suicidio del asegurado, solo en este caso se podría determinar que existe un periodo de carencia, aunque bien es cierto que las aseguradoras no lo incluyen así en sus condicionados si no como una exclusión Los seguros de vida cubren el fallecimiento por cualquier causa, pero excluyen el  suicido durante el primer año de vigencia de la póliza (a contar desde la fecha de efecto del contrato de seguro).  

¿Los seguros de vida tienen periodo de carencia?

No tienen periodo de carencia, si se produce el fallecimiento nada mas contratarlo tendrías cobertura

Un ejemplo con periodo de carencia es la cobertura adicional que no todos los seguros incluyen  denominada enfermedades graves que se puede contratar con  algunos seguros de vida siempre y cuando se cumplan algunos requisitos indicados por cada compañía y teniendo en cuenta que puede existir Periodo de carencia:  que normalmente es de entre 3 y 6 meses, dependiendo del tipo de enfermedad. Este periodo de carencia se especifica en las condiciones generales  de cada seguro.

 

 

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3 comentarios

  1. Buenas tardes. Mi madre contrato un seguro de vida ,por ejemplo hoy y mañana fallece por un tumor , que claro no sabía que se iba a ir tan pronto.
    Que ocurre?

    1. buenas noches, la indemnización del seguro de vida corresponde a los beneficiarios declarados en el contrato, estén en España o en Brasil

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