¿Quién cobra el seguro de vida tras fallecer?

Lo primero que vamos a explicar es, según la Ley,  ¿Qué es lo que se entiende por seguro de vida?

Por el seguro de vida el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente, conforme a la definición establecida en el artículo 83 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro.

Y una vez aquí, alguna regulación mas de los seguros sobre la vida: La figura del BENEFICIARIO: que es quien va a cobrar el seguro de vida en caso de fallecimiento del asegurado.

En los seguros de vida tal y como indica la Ley, se pueden o no designar beneficiarios. En el supuesto en el que no se hayan designado beneficiarios de forma expresa, en caso de fallecimiento, el importe de los seguros de vida lo recibirán los herederos legales de la persona asegurada.

Una vez se produce el fallecimiento, si no se ha hecho designación expresa de beneficiario es preceptivo para cobrar el seguro haber liquidado el impuesto de sucesiones y presentar la designación correspondientes de herederos efectuada ante Notario.

Este trámite se excepciona para a aquellos supuestos en los que la designación de beneficiarios del seguro de vida se haya realizado en la propia póliza.

Por tanto:

¿Quién cobra el seguro de vida tras fallecer?

Los beneficiarios del mismo.

Entendiéndose la pregunta que el que fallece es el propio asegurado.

Es necesario tener en cuenta que el beneficiario de un seguro de vida por fallecimiento del asegurado debe hacerse cargo de pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).

Además, la cantidad recibida por el beneficiario se suma al valor de los bienes y derechos que formen parte de su parte en la herencia. En caso de que se quiera de cobrar el seguro de vida sin esperar la tramitación de la herencia, es habitual hacer una autoliquidación parcial del impuesto por el valor de la póliza. Esta autoliquidación debe hacerse considerando también que el resto de la herencia se debe presentar y/o autoliquidar antes de seis meses.

Cabe señalar, en este sentido, que las entidades aseguradoras no pueden pagar una póliza si no se justifica la presentación de documentación relativa a la autoliquidación del impuesto.

Nosotros te vamos a resolver todas las dudas, antes, durante y después (a los beneficiarios) de contratar un seguro de vida, por eso incluye tus datos en este formulario y nosotros te llamamos.

 

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13 respuestas

  1. Mi mujer falleció y tenia en la CaixaBank un seguro no teniendo a nadie asignado en caso de fallecimiento, en las últimas voluntades tampoco hay nadie asignado, tenemos una hija y mi pregunta es la siguiente, quien cobra el seguro yo o mi hija. Un saludo y gracias.

  2. En caso de que mi madre falleció y segun mi hna dice que mi madre le puso a ella como apoderada pero no nos mostró ningún papel que consta que diga lo que ella dice como puedo averiguar eso porque somos 12 hermanos y esta mi padre también

  3. Bnas Tarde Mi Papá Falleció Y Me Estaba Pagando Un Seguro De Vida A Mi Y A Mi Hermana Como Puedo Obtener Información

  4. Si fallece el padre y la hija reconocida por ADN es menor de edad pero si él no la ha dejado heredera que procede queda protegida por algún seguro si dicho padre cotiza y no hay más hijos menores

  5. si muere el beneficiario antes que el asegurado quien cobra el seguro, los herederos del beneficiario o los herederos de la causante

    1. Buenas tardes, el seguro de vida en caso de fallecimiento del beneficiario antes del asegurado, cobrarían los herederos.
      Saludos,
      Cristina

      1. Hola .
        Comentas que en caso de muerte del beneficiario y el tomador del seguro a la vez, cobrarían el seguro los herederos del beneficiario…??? Gracias

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