La respuesta es un rotundo NO. El seguro de vida no está dentro de los obligados por Ley en España, como puede ser el seguro de automóvil. Otra cosa bien distinta es que el banco o entidad financiera te «obligue» a cambio de contratar diferentes seguros, entre otros el de vida.
Los bancos venden sus hipotecas al mínimo interés, pero es cierto que cuando se compara si se contratan los seguros que te «piden» te puedes ahorrar un dinero. Ahora bien, siempre hay que comparar precios, ya que lo que te ahorras por un lado puede que lo pierdas por otro, y me explico, si el seguro de vida o de hogar te cuestan tres veces mas contratándolo por el banco que si lo contratas de forma independiente es evidente que no te merece la pena. Además te recordamos QUE NO ES OBLIGATORIO CONTRATAR NINGÚN SEGURO.
«A este respecto, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) del Ministerio de Economía reconoce que “las entidades de crédito muy frecuentemente supeditan la concesión del préstamo a la contratación de un seguro de daños o, con carácter más general, de un seguro multirriesgo del hogar”.
“una solución para que no nos denieguen la hipoteca puede ser aceptar el seguro que nos ofrece el banco, pagarlo durante un año y transcurrido este tiempo buscar si encontramos una aseguradora más barata» (siempre que no esté recogido en contrato o escritura de préstamo que el seguro debe permanecer en la misma aseguradora mientras dure el préstamo)
Por tanto:
¿te pueden obligar a contratar un seguro de vida?
No, ya que no se trata de un seguro obligatorio en España
El hipotecado no está obligado a pagar ningún seguro a su banco a no ser que se comprometa por contrato.
Según reza en dgsfp.mineco.es, “La legislación vigente no impone con carácter general y de forma directa al deudor de un préstamo hipotecario la obligación de contratar seguros sobre el inmueble hipotecado” y “en todo caso, la obligación para el deudor tendrá siempre carácter contractual y no legal”.